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270. Policía nacional: Operación denegada por intrusismo

1:09:34
 
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Vuelo recreativo denegado por la policía nacional por posible intrusismo profesional con un DJI mini2 en España, una resolución injusta más 😩

Primero de todo recordar nuestros cursos para pilotos de drones, aprende paso a paso a crear contenido profesional con tu dron por 10€ al mes de forma ilimitada con acceso a nuestros presets de fotografía y ventajas según el nivel.

Encontramos un post en facebook en el grupo DJI mini2 España que nos llama mucho la atención

  • +145 comentarios
  • Relacionado con droneando.info/autoridades
  • Una buena opción para el siguiete invitado al Podcast
  • Uno de nuestros objetivos: Defender nuestros derechos como pilotos de drones.

José Ignacio (Iñaki): Post en Facebook

Historia de una operación con UAS denegada por la Policía Nacional (PN)

  • Vuelo recreativo, para mí.
  • Las imágenes serán siempre mías y las regalaré a quien me de la gana.
  • Categoría Abierta
  • Subcategoría A1
  • UAS: MINI2
  • Entorno urbano, sin sobrevolar edificios
  • Altura máxima de vuelo 20 m
  • No se vuela sobre personas.
  • Según el Reglamento Delegado (UE) 2019-945 calificada como operación de riesgo bajo.
  • Zona de influencia de 2 helipuertos (con autorizaciones)
  • Zona de influencia a aeródromo (con autorización)
  • Objeto: Foto y vídeo de un edificio (con autorización)
  • Consulta a grupo Pegaso, respuesta, todo está en regla.
  • Consulta a la Policía Local (PL) y se ofrecen a incluso cortar el tráfico si lo considero necesario

Notificación a la PN y lo DENIEGAN.

Argumentos:

Vuelo en categoría Abierta, pero ellos, aunque no sea un tema comercial ni se vendan las imágenes, consideran que no soy un recreativo, y que si mis imágenes se hicieran públicas, alguien lo podría considerar como un vuelo profesional, así que, para no meterse ellos en algún lío con sus superiores, me deniegan el permiso, por considerarlo posible intrusismo profesional.

Para no cerrarme la puerta del todo, me proponen como alternativa para poder realizar la operación lo siguiente:

  • Volar en Categoría Específica.
  • Sacarme el STS-01.
  • Presentar un Estudio Aeronáutico de Seguridad (EAS).
  • Hacer un Manual de Operaciones.

Y ahora os pregunto

¿Qué os parece este tema?

¿Estaré haciendo algo mal?

Segunda entrevista en droneando

La PN tiene todas las competencias en materia de Seguridad Ciudadana en la ciudad, y su obligación es salvaguardar la seguridad de personas y bienes.

Si considera la PN que podría ser un vuelo comercial, deberían de recabar las pruebas más allá de una interpretación de los hechos. Ahora bien, se pueden amparar en la posibilidad de que yo vaya a realizar un DELITO y entonces adelantarse e impedírmelo.

Si es con ese argumento, entendería la negativa al vuelo solicitado, igual es un DELITO dañar un edificio, un árbol o una paloma.

Ahora bien, no sé qué seguridad se salvaguarda prohibiendo una operación con un MINI2 en una plaza, que por la hora de la autorización, no habrá ninguna otra persona, con el sólo argumento de que podría considerarse un INTRUSISMO PROFESIONAL.

Por supuesto que, con toda la documentación en la mano presentaré una reclamación en AESA como recurso para defender nuestros derechos.

No suelo dar un paso atrás cuándo son mis derechos los que se conculcan.

Va cobrando fuerza la idea de hacer un grupo/asociación de presión para poder pelear todo nuestros derechos como pilotos drones. Cuando por experiencia compartamos los diferentes modos legales de ganar estas batallas, no tendrán más remedio que dejarnos. Pero hay que meterse en harina.»

Estamos en España.

Esto es una dictadura encubierta en toda regla.

Cada vez hay más leyes que coartan las libertades de los ciudadanos y lo vemos día a día. En el mundo de los UAS drones no iba a ser menos.

Una legislación totalmente incongruente, con artículos, que o han sido redactados por gente muy mediocre, o esconden multitud de intereses, preferiría creer que es lo primero, porque de lo contrario sería como para empezar una revuelta ciudadana.

Josean Diez: Si todos los permisos los tienes en orden y te los pide cualquier policía, debes de enseñárselos, pero ellos nunca te pueden prohibir volar porque el espacio aéreo es competencia de AESA. Ellos solo te pueden “proponer para sanción” y luego AESA decidirá si has hecho bien o mal. Pero tú estás justificado.

Josean, si te vienen dos agentes de la PN cuándo estás volando, y te dicen que no vueles, no me voy a poner a explicarles nada, yo vuelo en recreativo, y por diversión, bajo mi dron y ni siquiera me despido.

Ellos siempre pueden argumentar que querían salvaguardar la seguridad de personas y bienes, y cómo la palabra de un PN en un juicio tiene más valor que la tuya, vas jodido.

No todos somos iguales ante la ley.

Otra cosa sería que me hubieran encargado el proyecto y con remuneración por el medio, entonces sí que habría discusión.

Se me está aplicando un presunción de culpabilidad. Eso es algo que me indigna.

Que la PN me diga que, si me dan permiso, sería un agravio comparativo con otros operadores de UAS, ya que todas las operaciones que se autorizan en la ciudad son con STS-01, EAS, Manual de operaciones (MO) y por profesionales. Entonces, para no autorizármela, me consideran profesional y asunto zanjado. Eso es lo que ellos se creen, que está zanjado, por mi parte no, seguiré peleando.

Título de radiofonista, y emisora autorizada en banda de aeronáutica, pero cualquier cláusula de un acuerdo que esté en contra de la ley no es de aplicación.

El radiofonista y la emisora sólo en CTR.

Asturias es zona de seguridad aérea no CTR

Con la ley en la mano, y me refiero al 1036 al reglamento de ejecución UE 2019-947 y al reglamento de delegado UE 2019-945, podría realizar los vuelos sin ningún problema.

¡Bueno droners! hasta aquí el programa de esta semana. Muchísimas gracias por todo vuestro apoyo, vuestras valoraciones de cinco estrellas en iTunes, vuestros me gustas y comentarios Ivoox, y por seguirnos en Spotify. Finalmente muchísimas gracias por apuntaros a los cursos de droneando.info, ya sabéis 10€/mes. Sin vosotros esta comunidad no existiría!

Nos escuchamos el miércoles que viene, ¡como siempre a las 6:36!Hasta entonces… ¡Muy buena semana! 😉

La entrada 270. Policía nacional: Operación denegada por intrusismo se publicó primero en Droneando.

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Encontramos un post en facebook en el grupo DJI mini2 España que nos llama mucho la atención

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  • Una buena opción para el siguiete invitado al Podcast
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José Ignacio (Iñaki): Post en Facebook

Historia de una operación con UAS denegada por la Policía Nacional (PN)

  • Vuelo recreativo, para mí.
  • Las imágenes serán siempre mías y las regalaré a quien me de la gana.
  • Categoría Abierta
  • Subcategoría A1
  • UAS: MINI2
  • Entorno urbano, sin sobrevolar edificios
  • Altura máxima de vuelo 20 m
  • No se vuela sobre personas.
  • Según el Reglamento Delegado (UE) 2019-945 calificada como operación de riesgo bajo.
  • Zona de influencia de 2 helipuertos (con autorizaciones)
  • Zona de influencia a aeródromo (con autorización)
  • Objeto: Foto y vídeo de un edificio (con autorización)
  • Consulta a grupo Pegaso, respuesta, todo está en regla.
  • Consulta a la Policía Local (PL) y se ofrecen a incluso cortar el tráfico si lo considero necesario

Notificación a la PN y lo DENIEGAN.

Argumentos:

Vuelo en categoría Abierta, pero ellos, aunque no sea un tema comercial ni se vendan las imágenes, consideran que no soy un recreativo, y que si mis imágenes se hicieran públicas, alguien lo podría considerar como un vuelo profesional, así que, para no meterse ellos en algún lío con sus superiores, me deniegan el permiso, por considerarlo posible intrusismo profesional.

Para no cerrarme la puerta del todo, me proponen como alternativa para poder realizar la operación lo siguiente:

  • Volar en Categoría Específica.
  • Sacarme el STS-01.
  • Presentar un Estudio Aeronáutico de Seguridad (EAS).
  • Hacer un Manual de Operaciones.

Y ahora os pregunto

¿Qué os parece este tema?

¿Estaré haciendo algo mal?

Segunda entrevista en droneando

La PN tiene todas las competencias en materia de Seguridad Ciudadana en la ciudad, y su obligación es salvaguardar la seguridad de personas y bienes.

Si considera la PN que podría ser un vuelo comercial, deberían de recabar las pruebas más allá de una interpretación de los hechos. Ahora bien, se pueden amparar en la posibilidad de que yo vaya a realizar un DELITO y entonces adelantarse e impedírmelo.

Si es con ese argumento, entendería la negativa al vuelo solicitado, igual es un DELITO dañar un edificio, un árbol o una paloma.

Ahora bien, no sé qué seguridad se salvaguarda prohibiendo una operación con un MINI2 en una plaza, que por la hora de la autorización, no habrá ninguna otra persona, con el sólo argumento de que podría considerarse un INTRUSISMO PROFESIONAL.

Por supuesto que, con toda la documentación en la mano presentaré una reclamación en AESA como recurso para defender nuestros derechos.

No suelo dar un paso atrás cuándo son mis derechos los que se conculcan.

Va cobrando fuerza la idea de hacer un grupo/asociación de presión para poder pelear todo nuestros derechos como pilotos drones. Cuando por experiencia compartamos los diferentes modos legales de ganar estas batallas, no tendrán más remedio que dejarnos. Pero hay que meterse en harina.»

Estamos en España.

Esto es una dictadura encubierta en toda regla.

Cada vez hay más leyes que coartan las libertades de los ciudadanos y lo vemos día a día. En el mundo de los UAS drones no iba a ser menos.

Una legislación totalmente incongruente, con artículos, que o han sido redactados por gente muy mediocre, o esconden multitud de intereses, preferiría creer que es lo primero, porque de lo contrario sería como para empezar una revuelta ciudadana.

Josean Diez: Si todos los permisos los tienes en orden y te los pide cualquier policía, debes de enseñárselos, pero ellos nunca te pueden prohibir volar porque el espacio aéreo es competencia de AESA. Ellos solo te pueden “proponer para sanción” y luego AESA decidirá si has hecho bien o mal. Pero tú estás justificado.

Josean, si te vienen dos agentes de la PN cuándo estás volando, y te dicen que no vueles, no me voy a poner a explicarles nada, yo vuelo en recreativo, y por diversión, bajo mi dron y ni siquiera me despido.

Ellos siempre pueden argumentar que querían salvaguardar la seguridad de personas y bienes, y cómo la palabra de un PN en un juicio tiene más valor que la tuya, vas jodido.

No todos somos iguales ante la ley.

Otra cosa sería que me hubieran encargado el proyecto y con remuneración por el medio, entonces sí que habría discusión.

Se me está aplicando un presunción de culpabilidad. Eso es algo que me indigna.

Que la PN me diga que, si me dan permiso, sería un agravio comparativo con otros operadores de UAS, ya que todas las operaciones que se autorizan en la ciudad son con STS-01, EAS, Manual de operaciones (MO) y por profesionales. Entonces, para no autorizármela, me consideran profesional y asunto zanjado. Eso es lo que ellos se creen, que está zanjado, por mi parte no, seguiré peleando.

Título de radiofonista, y emisora autorizada en banda de aeronáutica, pero cualquier cláusula de un acuerdo que esté en contra de la ley no es de aplicación.

El radiofonista y la emisora sólo en CTR.

Asturias es zona de seguridad aérea no CTR

Con la ley en la mano, y me refiero al 1036 al reglamento de ejecución UE 2019-947 y al reglamento de delegado UE 2019-945, podría realizar los vuelos sin ningún problema.

¡Bueno droners! hasta aquí el programa de esta semana. Muchísimas gracias por todo vuestro apoyo, vuestras valoraciones de cinco estrellas en iTunes, vuestros me gustas y comentarios Ivoox, y por seguirnos en Spotify. Finalmente muchísimas gracias por apuntaros a los cursos de droneando.info, ya sabéis 10€/mes. Sin vosotros esta comunidad no existiría!

Nos escuchamos el miércoles que viene, ¡como siempre a las 6:36!Hasta entonces… ¡Muy buena semana! 😉

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